Las leyes permiten que en algunos medios de locomoción se permita la entrada de mascotas, sin embargo, las restricciones de las empresas son irrisorias.
En España viajar con tu mascota es sumamente complicado, pese a que existe una normativa que permite que los animales de compañía viajen en el transporte público, las condiciones que las empresas ponen parecen demostrar que no quieren a nuestras mascotas en sus vehículos.
“La condición principal a la hora de conceder la adquisición de un billete para animales es el peso. Lo que exigimos es que, se trate del animal que se trate, debe pesar como máximo 6 kg.”, afirmó uno de los empleados de RENFE.
Además expresó la importancia que significa que los dueños de las mascotas sean personas sumamente responsables a fin de que eviten que causen problemas en el trayecto.
Según el decreto promulgado el 27 de junio de 1997, todos los animales de compañia pertenecientes a las especies tenidas como tales pueden viajar en el transporte público siempre y cuando acepten los requisitos impuestos por las compañías y siempre que los trayectos no superen las 8 horas de duración.
Pese al decreto que en ningún momento señala el peso que deben tener estos animales, RENFE ha impuesto un máximo de kilaje que parece irrisorio, los 6 kilos. Sólo las razas pequeñas podrían cumplir esta condición y algunos gatos. Además dentro de sus condiciones se expresa que se permiten aves siempre que no pertenezcan a la categoría, aves de corral.
A esto se suma, como lo expresara otro de los empleados de la compañia que “cada viajero sólo puede llevar consigo un animal de compañía que cumpla estas condiciones, ya que además de dichas especificaciones, tienen que ir en una jaula cuyas dimensiones no superen los 60 x 35 x 35 centímetros y que dispongan de un dispositivo que permita retirar los residuos que el animal genere”.
En el caso de que estando sobre el tren, y la mascota llegara a provocar molestias al resto de los pasajeros, ella y su dueño deberán retirarse a una zona del tren donde no molesten; en el caso de que el tren prescinda de tal espacio, deberán desistir del viaje, aunque éste ya haya dado comienzo.
Cuando ocurre esto, el pasajero sólo tiene derecho a que se le devuelva su dinero o a esperar otro tren con el mismo destino; no tiene derecho a levantar ninguna queja pues las condiciones les han sido informadas previamente y son “iguales para todos”.
Al viajar con un animal de compañía debes pagar por él el 50% del coste del ticket. La única excepción a esta regla son los perros lazarillos; ya que RENFE tiene un convenio con la ONCE según el cual estos perros pueden viajar en cualquier tren, sin restricciones de horario y de forma absolutamente gratuita. Siempre y cuando lleve de forma visible un distintivo oficial y no ocupe una plaza. Además, este animal deberá sentarse junto a su dueño en un asiento cercano a las puertas de acceso a fin de que no incomode al resto de los pasajeros.
Según estas leyes las mascotas pueden viajar, pero probablemente ni la tuya ni la mía, sólo perrros muy pequeños y gatos que no superen los 6 kilos. Es una legislación irrisoria y no parece ir de acuerdo a las leyes de otros países vecinos, donde en los trenes y subterráneos puedes ver viajando perros de todos los tamaños y colores. Muchos aseguran que en cuestión de calidad de vida de los animales de compañía España se encuentra muy por debajo del resto de los países europeos, esperemos que esto cambie pronto en favor de nuestras mascotas.